A- de 1995
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Duran Duarte Dany Maria·Demandado Alcalde Municipal De Rio Oro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No opera en tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró la nulidad de lo actuado a partir del auto que ordenó remitir el expediente al Juzgado de la referencia debido a que envió el expediente al juez equivocado desconociendo la competencia funcional, es decir, el superior jerárquico.
En concordancia con lo anterior, la Corte ordenó regresar el proceso al juzgado respectivo para que tramite la segunda instancia.
Una vez resuelto lo anterior, la Corporación tomará la decisión correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declárase la nulidad de lo actuado a partir del auto de 28 de abril de 1995 que ordenó remitir el expediente al Juzgado Unico Laboral del Circuito de Aguachica.
- SEGUNDO. Regrese al expediente al Juzgado Penal Municipal de Río de Oro para que ordene la remisión (para trámite de la impugnación) al Juez competente según se indicó en la parte motiva a fin de que éste trámite la segunda instancia.
- TERCERO. Una vez tramitada la segunda instancia y cuando haya llegado a la Corte Constitucional el expediente, éste pasará al despacho del Magistrado Sustanciador para la decisión correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.